Autoliquidación del Impuesto sobre Incremento del Valor de Terrenos de Naturaleza Urbana (Plusvalía)

Liquidación del Impuesto que grava el Incremento de Valor que experimentan los Terrenos de Naturaleza Urbana y que se pone de manifiesto con la transmisión de su propiedad por cualquier título (compra-venta, permuta, apartación, donación, herencia...).

A quién está dirigido

En las transmisiones a título lucrativo la persona física o jurídica que adquiera el terreno, mientras que en las transmisiones a título oneroso lo será quien lo transmita.

Cómo hacerlo

Por Internet

Cliquee en el botón "Tramitar por internet" y siga los pasos que se le indican.




Presencialmente

Solo para los solicitantes no obligados a relacionarse telemáticamente con la administración (puede consultar los solicitantes obligados a relacionarse con la administración de manera electrónica).

Deberá ir a la Oficina de Plus-valía del Ayuntamiento, junto con la documentación necesaria (ver documentación requerida), para cumplimentar el formulario de autoliquidación de forma asistida por el personal de la misma.

Una vez cubierto y calculado el importe a pagar, ingresará la autoliquidación en la entidad bancaria colaboradora.

Podrá solicitar cita previa en el siguiente enlace: Solicitud de cita previa

Por correo

Por correo electrónico (Sólo para personas físicas): Remitirán la documentación necesaria a la Oficina de Plus-valía del Ayuntamiento ofi.plusvalias@vigo.org indicando la dirección o correo electrónico donde desee que le envien la documentación necesaria para realizar el pago. Se le remitirá el impreso de autoliquidación con el cálculo del importe a pagar.

Posteriormente deberá presentar el impreso de autoliquidación en las entidades bancarias colaboradoras o a través de www.vigo.org/pagos para hacer efectivo el pago.

Se recuerda que los Obligados a Relacionarse Electrónicamente deberán emplear el Registro Electrónico (enlace en el apartado “Por Internet”)

Sanciones

Será de aplicación a Ordenanza Fiscal General del Ayuntamiento, Ley General Tributaria y restante normativa de aplicación.

Documentación requerida

  • Si actúa en representación de otra persona (natural o jurídica)
  • Para los casos de presentación por correo electrónico o correo ordinario
  • En los casos de transmisiones intervivos (es decir para los casos de compra-ventas, permutas, apartaciones, donaciones o cualquier otra transmisión de dominio hecha pública ante notario)
    • Escritura de la transmisión del dominio
      (fotocopia) - En el caso de no constar en la citada escritura la referencia catastral, se aportará certificación descriptiva y gráfica del bien inmueble. - Títulos de propiedad de los bienes objeto de la transmisión en caso de no figurar reflejados en la escritura.
  • En los casos de transmisiones mortis causa
    • Modelo D-650
      (fotocopia) (Impuesto de sucesiones) presentado en la Xunta de Galicia. Puede consultar el borrador de este modelo en esta página.
    • Título/s de Propiedad
      (fotocopia) (escrituras de compra, cupos...) o escritura de adjudicación de herencia.

Observaciones

Disfrutarán de una bonificación del 50% en la cuota íntegra cuando el hecho imponible consista en la transmisión de dominio mortis causa en relación a la vivienda habitual del causante a favor de su cónyuge, descendientes y ascendientes.

Para poder disfrutar de esta bonificación será preciso solicitarla expresamente en el plazo de declaración del impuesto y que el sucesor/a mantenga la adquisición durante los cuatro años siguientes al devengo de este impuesto.

Oficinas

  • Oficina de Plusvalía Ayuntamiento de Vigo Administración de Tributos - Departamento de Plusvalía Plaza del Rey 1 36202 Vigo Teléfono: 986 810 264 / 986 810 100 Extensión 1763 Email: ofi.plusvalias@vigo.org

    Horario: De 9:00 a 13:30 horas.

Normativa Municipal

Trámites relacionados

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Praza do Rei 1 - 36202 - Vigo (Pontevedra) - Teléfono: 010 - 986810100

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