Toda persona tiene derecho a exigir ante los órganos administrativos y los Tribunales Contencioso-Administrativos la observancia de la legislación y demás instrumentos de ordenación territorial y urbanística mediante la interposición de la correspondiente denuncia o recurso contencioso-administativo.
Podrá interponerse durante la ejecución de obras o usos presuntamente ilegales y hasta el transcurso de los plazos establecidos para la adopción de las medidas de protección de la legalidad urbanística.
En Galicia el plazo para exigir la restauración de la legalidad urbanística respecto a obras terminadas sin título habilitante (licencia o comunicación previa) es de seis años desde la total terminación de las obras.
Cualquier persona física o jurídica.
Pulsando en el botón "Tramitar por Internet" puede realizar la denuncia urbanística online y enviar la documentación requerida de forma telemática. De esta manera la solicitud resultante y la documentación complementaria quedará registrada de forma automática en el Registro de la Gerencia de Urbanismo sin que tenga que realizar ningún trámite de forma presencial.
Solo para los solicitantes no obligados a relacionarse telemáticamente con la administración (puede consultar los solicitantes obligados a relacionarse con la administración de manera electrónica).
Para obtener una mayor celeridad y eficacia en la tramitación de las denuncias se solicita que utilicen el modelo que se facilita en esta web y presentarlo personalmente en el registro de la Gerencia de Urbanismo o en los lugares previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, del 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las Administraciones públicas (en otro registro administrativo relacionado, en Correos, etc.).
Las medidas para la protección de la legalidad urbanística encomendadas a las entidades locales por la ley de suelo de Galicia atienden a la protección del interés general consistente en el debido cumplimiento de la normativa urbanística. Resultan irrelevantes en este encargo legal los intereses particulares de las personas denunciantes, toda vez que el bien público a proteger es el respeto a la normativa urbanística de aplicación y no los intereses particulares que, por legítimos que puedan ser, no tienen por que coincidir con el interés general.
Los daños causados por particulares en propiedades personales no corresponde dilucidarlos ni resarcirlos a la Administración municipal, correspondiendo la vía civil el canal idóneo para dirimir estos conflictos.
El Plan de Inspección Urbanística del Ayuntamiento de Vigo establece el orden de prioridad en la tramitación de las denuncias urbanísticas presentadas ante esta Administración municipal.
La presentación de una denuncia urbanística no confiere a la persona denunciante la condición de persona interesada en las actuaciones administrativas de protección de la legalidad urbanística que se practiquen en relación a las obras o usos denunciados. La condición de persona interesada se adquiere de conformidad con lo establecido en la legislación de procedimiento administrativo común, sin perjuicio del acceso a la información pública, archivos y registros de acuerdo con lo previsto en la legislación en materia de transparencia y buen gobierno y demás normativa concordante.
Gerencia Municipal de Urbanismo
Plaza del Rey s/n, andar -1, 36202 Vigo
Teléfono: 986 810 349
Horario: De 9 a 13:30 horas.
Praza do Rei 1 - 36202 - Vigo (Pontevedra) - Teléfono: 010 - 986810100
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