Convocatoria de subvenciones para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, del programa de ”Ayudas Municipales a la Contratación” en el marco de actuación municipal para el año 2024 que se integran en la línea 2.6. Atención a los colectivos y a sus necesidades sociales: emprendedores/as del Plan Estratégico de Subvenciones (PES) aprobado por la Junta de Gobierno Local en su sesión ordinaria del 08.03.2024; al efecto, tiene por objeto servir de estímulo al empresariado para la contratación, favorecer la mejora de las condiciones y el empleo estable y de calidad de las personas trabajadoras del municipio de Vigo, a través de los siguientes programas de ayudas:
A) Programa Indefinidos: comprende la transformación a indefinido del contrato previo formalizado, y de ser el caso de sus prórrogas, en cualquiera de las modalidades contractuales vigentes en el período comprendido desde el 1 de julio de 2023 al 30 de junio de 2024 realizado a la persona trabajadora por la que se solicita la ayuda.
El contrato indefinido tendrá una jornada laboral superior o igual al 50% de la jornada laboral semanal establecida en el convenio colectivo de aplicación y será superior o igual al contrato temporal del que deriva.
La persona trabajadora por la que se solicita esta ayuda estará empadronada en el municipio al menos desde el 1 de enero de 2023, y prestará servicios en el mismo.
B) Programa Contrataciones: comprende la contratación indefinida de personas trabajadoras desempleadas inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Público de Empleo, empadronadas en el municipio de Vigo, para prestar servicios en el mismo, en el período comprendido entre el 1 de julio de 2023 al 30 de junio de 2024 .
El contrato subscrito tendrá una jornada laboral superior o igual al 50% de la jornada laboral semanal establecida en el convenio colectivo de aplicación.
La persona trabajadora por la que se solicita esta ayuda resultará seleccionada entre las candidaturas remitidas desde la unidad de Desarrollo Local y Empleo del Ayuntamiento de Vigo y/o desde el Servicio Público de Empleo de Galicia para lo que previamente se remitirá la correspondiente oferta de empleo. En el caso de falta de candidaturas con el perfil requerido se admitirá a la empresa solicitante la contratación de una persona trabajadora que resulte de su proceso de selección y reúna los requisitos de esta convocatoria.
Quedan excluidas las contrataciones indefinidas iniciales que se realicen con personas trabajadoras que en los 6 meses anteriores a la fecha de contratación prestasen servicios en la misma empresa o grupo de empresas mediante un contrato de carácter indefinido, o en los últimos 3 meses mediante un contrato de carácter temporal. Lo dispuesto en este párrafo será también de aplicación en los casos de sucesión de empresas previsto en el art. 44 del RDL 2/2015, de 23 de octubre.
C) Programa Mejora: Comprende la ayuda para la mejora de la estabilidad laboral en el período comprendido entre el 1 de julio de 2023 al 30 de junio de 2024, a través de las siguientes opciones:
- el incremento de jornada laboral del contrato formalizado de tiempo parcial a tiempo completo según establezca el correspondiente convenio colectivo de aplicación.
- el incremento de la duración anual del contrato fijo-discontinuo a un mínimo de 9 meses a jornada completa.
La persona trabajadora por la que se solicita esta ayuda estará empadronada en el municipio de Vigo al menos desde el 1 de enero de 2023 y prestará servicios en el municipio.
Podrán concurrir a esta convocatoria pública las personas físicas (autónomos/as) y empresas privadas, con independencia de su forma jurídica, las comunidades de bienes, sociedades civiles, sociedades cooperativas, sociedades laborales y las personas que estén de alta en el régimen especial de autónomos o en cualquier otro régimen especial por cuenta propia de la Seguridad Social o mutualidad de colegio profesional.
No podrán solicitar estas ayudas las grandes empresas(*), las entidades sin ánimo de lucro ni las personas físicas distintas de lo dispuesto en el párrafo anterior.
(*) Empresa con 250 trabajadores o más y un volumen de facturación anual superior a 50 millones de euros o un activo total que supera los 43 millones de euros.
Podrá realizar la solicitud y enviar la documentación requerida de forma telemática a partir del 23 de abril de 2024. De esta manera la solicitud resultante y la documentación requerida quedará registrada de forma automática en el Registro del Ayuntamiento de Vigo sin que tenga que realizar ningún trámite de forma presencial.
Obligatoria de conformidad con el artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas : Personas jurídicas, Entidades sin personalidad jurídica. Profesionales de colegiación obligatoria, en el ejercicio de su actividad profesional y quien represente a obligados a relacionarse de forma electrónica
Solo para los solicitantes no obligados a relacionarse telemáticamente con la administración (puede consultar los solicitantes obligados a relacionarse con la administración de manera electrónica).
Deberá presentar el impreso de solicitud, debidamente cumplimentado, junto con la documentación requerida en el registro del Ayuntamiento de Vigo.
Sólo para personas físicas no obligadas de conformidade al artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas
Horario: De 9:00 a 13:30 horas.
Praza do Rei 1 - 36202 - Vigo (Pontevedra) - Teléfono: 010 - 986810100
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